COVID - 19 - CIERRE DE FRONTERAS – Decisión Administrativa N° 44/2021
CIERRE DE FRONTERAS – Decisión Administrativa N° 44/2021
La Jefatura de
Gabinete de Ministros determinó prorrogar hasta el 28 de febrero del 2021,
inclusive:
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La suspensión de autorizaciones
y permisos relativos a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros en
vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña
e Irlanda del Norte.
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La Dirección Nacional de
Migraciones habilitará los pasos internacionales que resulten adecuados para el
ingreso al territorio nacional de nacionales o extranjeros residentes en el
país y extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos
argentinos o residentes, y para el egreso de las personas y las respectivas excepciones.
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La Dirección Nacional de
Migraciones, la Administración Nacional de Aviación Civil, y el Ministerio de
Salud coordinarán las acciones necesarias para determinar los cronogramas de
vuelos y la cantidad de pasajeros que ingresarán en forma paulatina y diaria al
país, especialmente a través de vuelos provenientes de E.E.U.U, México, Europa y
Brasil, manteniendo reducidas las frecuencias de vuelos de pasajeros a los 3
primeros destinos en un 30% y a BRASIL en un 50%.