COVID - 19 - CIERRE DE FRONTERAS – Decisión Administrativa N° 44/2021

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CIERRE DE FRONTERAS – Decisión Administrativa N° 44/2021

La Jefatura de Gabinete de Ministros determinó prorrogar hasta el 28 de febrero del 2021, inclusive:

-               La suspensión de autorizaciones y permisos relativos a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

-               La Dirección Nacional de Migraciones habilitará los pasos internacionales que resulten adecuados para el ingreso al territorio nacional de nacionales o extranjeros residentes en el país y extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos o residentes, y para el egreso de las personas y las respectivas excepciones.

-               La Dirección Nacional de Migraciones, la Administración Nacional de Aviación Civil, y el Ministerio de Salud coordinarán las acciones necesarias para determinar los cronogramas de vuelos y la cantidad de pasajeros que ingresarán en forma paulatina y diaria al país, especialmente a través de vuelos provenientes de E.E.U.U, México, Europa y Brasil, manteniendo reducidas las frecuencias de vuelos de pasajeros a los 3 primeros destinos en un 30% y a BRASIL en un 50%.