La Corte sostuvo que la capitalización periódica de intereses consagraba una solución irrazonable, afectando el derecho de propiedad y defensa en juicio.
La Corte sostuvo que la capitalización periódica de intereses consagraba una solución irrazonable, afectando el derecho de propiedad y defensa en juicio.
El 29 de febrero de 2024, en la causa “Oliva, Fabio Omar c/ COMA S.A.”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a un recurso de queja interpuesto contra la aplicación de intereses calculados de acuerdo con lo previsto por el Acta Nº 2764/2022 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
La Corte sostuvo que la capitalización periódica de intereses consagraba una solución irrazonable, afectando el derecho de propiedad y defensa en juicio. En este sentido, entendió que la forma de cálculo del Acta Nº 2764/2022 era contraria al artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación, en cuanto establece que “no se deben intereses de los intereses” y no es aplicable a los juicios laborales la excepción que prevé el inciso “b” de esa norma, por no haber sido expresamente pactada entre las partes.
En el caso resuelto, la aplicación del Acta Nº 2764/2022 importó incrementar el monto de la condena en un 7.740% en ocho años, multiplicando en forma repetitiva el resultado de tasas activas aplicadas, excediendo cualquier parámetro de ponderación razonable.
En su fallo, la Corte no estableció la tasa de interés aplicable, sino que ordenó al tribunal de origen que dicte una nueva sentencia.
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