El Ministerio de Justicia resolvió realizar el incremento en caso de violación de la ley, del estatuto o del reglamento
El Ministerio de Justicia resolvió realizar el incremento en caso de violación de la ley, del estatuto o del reglamento
El 23 de mayo de 2024, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 166/2024 del Ministerio de Justicia, mediante la cual se aumentó de $100.000 a $8.000.000 el monto máximo de la multa que pueden imponer las autoridades de contralor (Inspección General de Justicia, Dirección Provincial de Personas Jurídicas, etc.) a las sociedades, sus directores y síndicos (en conjunto y por infracción), en caso de violación de la ley, del estatuto o del reglamento.
La sanción de multa está prevista en el artículo 302 inciso 3°) de la Ley General de Sociedades N° 19.550, y su monto se gradúa según la gravedad de la infracción y el capital de la sociedad.
La Resolución entró en vigencia el día de su publicación.
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